Artículo 121:
Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
Fracción XXXI
INFORMES DEL SUJETO OBLIGADO
Los informes que por disposición legal debe rendir el sujeto obligado, la unidad responsable de los mismos, el fundamento legal que obliga a su generación, así como su calendario de publicación;
Dirección, Área o Unidad Administrativa responsable de la información:
Unidad de Transparencia
Subdireccion de Finanzas -
J.U.D de Control Presupuestal
J.U.D de Contabilidad y Registro
Subdirección de Recursos Materiales, Abastecimiento y Servicios - J.U.D de Compras y Control de Materiales