Artículo 121: Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Dirección, Área o Unidad Administrativa responsable de la información:


Dirección Ejecutiva de Servicios de Salud,
Dirección de Asuntos Jurídicos,
Dirección de Administración y Finanzas,
Dirección de Atención Médica,
Direccción de Promoción de la Salud,
Dirección de Epidemiología y Medicina Preventiva



Periodo de actualización de la información:       Trimestral
Fecha de Actualización:       19/julio/2020
Fecha de Validación:              19/julio/2021



NOTA: En virtud de que a la fecha no se ha publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el nuevo Manual Administrativo de Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, se considera como válido en lo dispuesto en el Manual Administrativo aún vigente, en las que se establece las facultades de las áreas administrativas que integran este Organismo