Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:


Artículos y Fracciones




Artículo 123.

No aplica. Dentro del ámbito de las facultades y atribuciones conferidas en su Decreto de creación de Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México establecidas en sus artículos 2 fracciones I y II, y 3 fracciones I, II y III, se precisa que las atribuciones del Organismo son realizar funciones de evaluación y vigilancia respecto de las actividades realizadas en materia de servicios de salud, así como de los recursos asignados para tal fin.
Dirección, Área o Unidad Administrativa responsable de la información:
Dirección de Asuntos Jurídicos
Periodo de actualización de la información: Trimestral
Fecha de actualización: 08/octubre/2020