Artículo 121:
Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
Fracción XLIII
COMITÉ DE TRANSPARENCIA
Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los sujetos obligados;
Dirección, Área o Unidad Administrativa responsable de la información: